Comprar un reluciente coche eléctrico e intentar cargar su batería en un bloque de pisos con un inmenso garaje subterráneo compartido puede generar pavor ante la inminente junta de propietarios. "¿Me la bloquearán por envidia? ¿Pueden mis vecinos votar en mi contra de disponer de un enchufe?".

La Ley te ampara frente a la comunidad

Las legislaciones en vigor relativas a la Ley de Propiedad Horizontal han sido magistralmente reformadas y aplastan este freno. Según los incisos legales, no necesitas el permiso exhaustivo de tus vecinos para montarte en tu plaza y a tu cargo exclusivísimo coste un punto de recarga.

El protocolo es el siguiente: debes informar previamente y por escrito al presidente de tu comunidad o al administrador de fincas acerca de la actuación a ejecutar, adjuntando la memoria técnica por donde pasará el tubo del cableado desde tu contador hasta tu plaza asignada.

Si la obra no altera zonas estructurales o fachadas indebidas, la comunidad no puede negarse y debe tragarse tu comunicación. Nosotros enviamos ese dosier técnico elegante y lo informamos al administrador blindando tu maniobra bajo la ley, garantizando que el punto amanezca atornillado legalmente a la columna de tu parking.